LEY DE LENGUAS DE ARAGÓN, TRES OPINIONES: PARTE II

LEY DE LENGUAS Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA EN ARAGÓN
José Antonio Saura Rami

La fulgurante aprobación de la Ley de Lenguas de Aragón en diciembre pasado casi constituyó una sorpresa, acostumbrados como estábamos a las continuas dilaciones, susceptibilidades e impedimentos que han erizado la trayectoria de su virtual promulgación a lo largo de treinta años. Sin embargo, el texto legal salió adelante esta vez gracias al apoyo del PSOE y de CHUNTA ARAGONESISTA, de modo que nace con una evidente falta de consenso al votar en contra los restantes grupos parlamentarios (PP, PAR e IU) por diversas razones. Ciertamente, si esperáramos unanimidad política en este tipo de tramitaciones no se arribaría nunca a puerto alguno, pero la cuestión en absoluto resulta baladí, y ya se han alzado voces altisonantes de miembros pertenecientes a estos últimos partidos que amenazan con la derogación de la norma en cuanto alcancen el poder.

Pues bien, la concreción de una Ley de Lenguas era sentida como una necesidad por todos aquellos que venimos ocupándonos de este verdadero patrimonio inmaterial que son las hablas del Alto Aragón (lingüistas, escritores, editores, hablantes, etc.), y tanto más cuanto que era una aspiración recogida ya en el artículo 7 del anterior Estatuto de Autonomía de Aragón. Como cabía esperar, se mezclan en el articulado aspectos netamente válidos con otros más delicados, sin que en el presente breve comentario pueda dar cuenta cabal de todos ellos, por lo que me centraré en tres elementos de cada serie.
Para abrir con los primeros, la existencia de un marco legal supone de facto el reconocimiento de los derechos lingüísticos de las comunidades......................


Continuar leyendo: Revista Guayente nº 86

Fuente: http://www.guayente.org

No hay comentarios:

Publicar un comentario