MIL AÑOS DESPUÉS, EL BENASQUÉS TAMBIÉN EXISTE
José Ignacio López Susín
El pasado 17 de diciembre las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 10/2009, de 22 de diciembre, de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón.
Con esta ley se culmina un largo proceso que se había iniciado en los años 70 del siglo pasado a través de diferentes asociaciones culturales en la tarea de dignificación, puesta en valor, difusión y enseñanza de las lenguas minoritarias de Aragón, y que tras la promulgación de la Constitución de 1978 y el Estatuto de Autonomía de Aragón de 1982 (y sus posteriores reformas) deberían haber dado lugar al establecimiento de un régimen de cooficialidad similar al establecido en otras Comunidades Autónomas.
Sin embargo en Aragón se había hecho creer a los hablantes de nuestras lenguas minoritarias, que su forma de hablar era despreciable e inculta y debía ser sustituida por el castellano. A esto colaboraba sobremanera la despoblación, a veces inducida, de nuestros valles pirenaicos. Además de todo lo anterior otros componentes sociales iban obligando, poco a poco, a la sustitución de los registros lingüísticos aragoneses por otros de mayor prestigio: la escuela, la administración, la iglesia, los medios de comunicación daban la espalda a la realidad cultural de nuestros valles y por si eso fuera poco, quienes emigraban regresaban a sus lugares de origen con un mayor status económico y con otra lengua, la del poder y la cultura: el castellano. Poner en relación que la sustitución lingüística llevaba consigo mejora de las condiciones de vida era cosa sencilla.
En este contexto la necesidad de un reconocimiento legal se hacía cada vez más necesaria para dar carta de naturaleza a nuestras lenguas, sacarlas de la invisibilidad y dignificar a sus hablantes y ponerlos en el lugar que les corresponde como ciudadanos de primera categoría.
Y esto es lo que, en parte, viene a posibilitar la “ley de lenguas”, algo que venía reclamando El Justicia de Aragón, las propias Cortes1, e incluso el Consejo de Europa en las Recomendaciones sobre la evaluación del desarrollo de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias que fue aprobada.............
Continuar leyendo: Revista Guayente nº 86
Fuente: http://www.guayente.org
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